Campaña contra el intrusismo en establecimientos sanitarios de óptica

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El Colegio de Ópticos-Optometristas de Andalucía gana una nueva sentencia por intrusismo profesional contra una óptica de Jaén

Campaña contra el intrusismo en establecimientos sanitarios de óptica

( El Juzgado de lo Penal N°2 de Jaén ha condenado a un empleado de un establecimiento sanitario de óptica a seis meses de prisión por delito de intrusismo al ejercer la profesión de óptico-optometrista sin el título universitario correspondiente.

( Este colegio profesional lleva a cabo una campaña de persecución de estas prácticas que perjudican al colectivo y a la sociedad, que ya suma 18 denuncias y 6 sentencias condenatorias en los últimos cuatro años.

El Juzgado de lo Penal N°2 de Jaén ha condenado a un empleado de un establecimiento sanitario de Óptica y Optometría ubicado en la provincia jienense, a un total de seis meses de prisión por delito de intrusismo profesional, tras la denuncia presentada por el Colegio Oficial de Ópticos-Optometristas de Andalucía (COOOA). El colegio profesional interpuso esta querella a mediados de 2019, tras recibir denuncias privadas que informaban que el acusado realizaba de manera habitual acciones específicas de la profesión optométrica, con el uso de instrumental para la evaluación de la visión sin contar con la titulación académica requerida para dichas labores.

Conocida esta situación, los servicios jurídicos del COOOA, después de llevar a cabo un proceso de investigación y ratificar la denuncia, se personaron como acusación particular presentando una querella en los juzgados de Jaén por delito de intrusismo profesional, previsto y penado en los artículos 403.1 y 403.2 b) del Código Penal además de intervenir como acusación pública el Ministerio Fiscal.

En este sentido, el Juzgado ha condenado al acusado, como responsable de estos delitos "a la pena de seis meses de prisión, accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena", además de las costas procesales pertinentes. Tanto acusado como su defensa mostraron su conformidad con la calificación jurídica y penas solicitada por el Ministerio Fiscal y la acusación particular y pagaron la responsabilidad civil pedida por el perjudicado previamente a la celebración del juicio.

Campaña contra el intrusismo

La campaña de persecución y denuncia de prácticas de intrusismo en el sector de la Óptica y la Optometría fue impulsada por el COOOA hace cuatro años y, desde entonces, ya ha sumado, con esta, 18 denuncias: siete en Sevilla, seis en Málaga, tres en Cádiz, una en Granada y una en Jaén. De las 18 denuncias, seis han sido ganadas por este Colegio, cuatro casos se encuentran en juzgado de Instrucción, un caso está pendiente de juicio oral y dos denuncias se han realizado ante Sanidad. Además, cinco casos han sido archivados por el Colegio antes de acudir a la vía judicial porque, tras realizar la correspondiente investigación, se concluyó que no se incurría en ninguna práctica de intrusismo.

Esta iniciativa busca evitar que personas no cualificadas puedan ejercer libremente la profesión de óptico-optometrista y poner en riesgo la salud de la población. En palabras de la decana-presidenta del COOOA, Blanca Fernández, "esta Junta de Gobierno está muy comprometida con la profesión y tiene como uno de sus principales objetivos que este colegio profesional andaluz sea un garante real de la atención sanitaria en materia de salud visual en establecimientos sanitarios de óptica". "Seguiremos muy atentos y no dejaremos pasar sin investigar ni una sola denuncia, para lo que necesitamos la ayuda de la sociedad y de nuestros colegiados", concluye la decana-presidenta.

El Colegio Oficial de Ópticos-Optometristas de Andalucía recuerda que la figura del profesional sanitario de la visión de atención primaria óptico-optometrista está regulada por la Ley 44/2003 de Ordenación de profesiones sanitarias y, para su pleno ejercicio, es indispensable poseer el título universitario correspondiente de diplomado o graduado en Óptica y Optometría.

Nota: No es posible mostrar datos relativos al acusado ni al establecimiento por cuestiones de protección de datos personales.

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