Un Juez archiva las diligencias contra el alcalde de Torre Pacheco porque las adjudicaciones "a dedo" se hacían siempre

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Murcia, 15 dic (EFE).- El Juzgado de Instrucción número 6 de San Javier ha archivado las diligencias por un presunto delito de prevaricación contra el alcalde de Torre Pacheco, Daniel García, porque, según el auto, la adjudicación de contratos urbanísticos sin convocatoria ha sido la habitual en el consistorio y no se ha probado que sabía que podía vulnerar la ley.

Las diligencias, que ha instruido el juez Roberto Fernández, afectaban también a los concejales de Urbanismo del citado consistorio, Santiago Meroño, y de Deportes, José Saura, ambos, igual que el primer edil, del PP.

El juez, en un auto al que ha tenido acceso EFE, señala que no se ha probado que los imputados conocieran que podían vulnerar la ley al adjudicar contratos a personas determinadas y no hacer las oportunas convocatorias públicas, como dispone la Ley de Contratos del Estado.

Además, el auto afirma que el secretario del Ayuntamiento, que declaró, entre otros testigos, en estas diligencias, "manifestó que en los 32 años que desempeña su cargo se ha seguido el mismo procedimiento de contratación que el utilizado para la adjudicación a C.G. de la redacción de los proyectos que se enumeran por el Ministerio Fiscal en su denuncia".

Otro de los testigos requeridos por el juez, que fue quien entregó la documentación a un periodista que, a su vez, la remitió a la fiscalía, corroboró que las adjudicaciones sin concurso eran habituales en este ayuntamiento.

Al respecto, la resolución judicial indica que "este testigo afirmó que se llamaba principalmente a personas conocidas cuando se trataba de proyectos de escasa cuantía, y se firmaba una hoja de encargo por el alcalde y, posteriormente, el arquitecto presentaba la factura igual que la que se utilizaba para encargar una obra privada".

Afirma el Juzgado que "la actuación de los imputados en las adjudicaciones de proyectos al arquitecto C.G ha sido la misma que la seguida por la anterior corporación y, como quedó patente tras la práctica de anteriores diligencias, la misma que la utilizada para la contratación de otros arquitectos que comparecieron como testigos".

El juez concluye que "disipadas definitivamente las dudas sobre la posible existencia de criminalidadad en la conducta de los imputados y no resultando justificada la concurrencia de esa antijuridicidad de la que tanto se ha hablado, no cabe otra resolución en Derecho que el sobreseimiento provisional de estas actuaciones".

Contra el archivo cabe presentar un recurso de reforma y, subsidiariamente, de apelación. EFE

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