Se abre el plazo de solicitud de la ayuda de alquiler por motivos del Covid-19

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Desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre del 2020 se abre el plazo para presentar de forma telemática la solicitud de las ayudas del alquiler para paliar los efectos provocados por la situación derivada de la crisis sanitaria del COVID-19.

El Gobierno de España ha adoptado un amplio paquete de medidas sociales y económicas, dirigidas a aliviar la situación financiera de los ciudadanos y ciudadanas, en especial de los colectivos más vulnerables durante esta crisis sanitaria, uno de ellos es través del «Programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual» donde el Gobierno central ha invertido 20,4 millones de euro en la Región de Murcia.

Ante la urgencia y necesidad de ayudar el Ayuntamiento de Torre Pacheco a través de la Oficina de Vivienda, estable un servicio de asesoramiento para todos los vecinos y vecinas que se encuentren en esta situación y pueden ser beneficiarios/as de estas ayudas, para pedir cita deberán ponerse en contacto a través del teléfono 968 58 50 03.

El objetivo principal de esas ayudas es responder a la situación de vulnerabilidad en que incurran los arrendatarios de vivienda habitual, establecer medidas de equilibrio que impidan el traslado de dicha vulnerabilidad a los pequeños propietarios y movilizar recursos suficientes para conseguir los anteriores objetivos.

Dichas ayudas serán el 100 % de la cuantía arrendataria y sin que en ningún caso el importe de la ayuda sea superior a 500 euros al mes, durante seis meses.  

Para evitar desplazamientos y para una mayor agilidad en la gestión, se ha optado por la tramitación electrónica de estas ayudas, por la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de Registro Electrónico Único, accesible en la dirección electrónica www.sede.carm

Serán beneficiarios toda persona física que, en su condición de arrendatarias de vivienda habitual y permanente, acrediten estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19, reuniendo los siguientes requisitos:

  • Que todas las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda por la que se percibe la ayuda posean la nacionalidad española (o del país de UE) o posean con residencia legal en España.
  • Que la persona que esté obligada a pagar la renta de alquiler pase a estar en situación de desempleo, Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE), o haya reducido su jornada por motivo de cuidados, en caso de ser empresario.

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