Los empresarios interesados de Totana ya pueden solicitar las ayudas municipales para el mantenimiento de la actividad y el empleo por los daños ocasionados a raíz del COVID-19

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Los empresarios interesados de Totana ya pueden solicitar las ayudas municipales para el mantenimiento de la actividad y el empleo por los daños ocasionados a raíz del COVID-19

Los autónomos y propietarios de microempesas y pymes de Totana interesados ya pueden solicitar las ayudas municipales para el mantenimiento de la actividad y el empleo por los daños ocasionados por el COVID-19 en este municipio, que aprobó el Pleno municipal el pasado 21 de mayo, cuya información ya se encuentra disponible en la web municipal del Ayuntamiento de Totana. http://www.totana.es/ayudascovi.asp

El objetivo de las ayudas es facilitar, en la medida de lo posible, el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, el mantenimiento de la actividad y del empleo en este municipio.

Numerosas empresas se han visto gravemente afectadas por los  perjuicios que ha provocado la suspensión de actividades o el menoscabo de otras que llevaba aparejada la declaración del estado de alarma causada por la proliferación de la pandemia.

Los requisitos generales y específicos necesarios para realizar la solicitud se establecen en las citadas bases de la convocatoria que se encuentran expuestas y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Totana: https://totana.sedelectronica.es/transparency, apartado 4. Ayudas y Subvenciones. 

La presentación de solicitudes se realizará por medios telemáticos en aplicación de lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes, que deberán dirigirse al Servicio de Intervención, se presentarán por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Totana https://totana.sedelectronica.es/.

Para ampliar cualquier información los interesados pueden contactar con los técnicos del Centro de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Totana, ubicado en la calle Huertos Nuevos, 5 del polígono industrial "El Saladar" ; o a través de los teléfonos 968425003, 968424860 y el correo electrónico: desarrollolocal@totana.es

El objetivo de las ayudas es facilitar, en la medida de lo posible, el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, el mantenimiento de la actividad y del empleo en este municipio.

El Pleno aprobó consignar, a efectos presupuestarios, el saldo de 300.000 euros previsto en el Fondo de Contingencia del presupuesto prorrogado del 2019 para 2020.

Los corporativos dieron luz verde, en esta misma iniciativa, al proceso de baremación de la convocatoria de ayudas a las empresas con el fin de facilitarles, en la medida de lo posible, el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, el mantenimiento de la actividad y del empleo en este municipio.

Bases que regulan la concesión ayudas

Esta línea de subvenciones se van a canalizar en virtud de unas bases que regulan la concesión de ayudas a empresas que se han visto gravemente afectadas por los perjuicios que ha ocasionado la suspensión de su actividad y los daños que llevaban aparejados la declaración del estado de alarma, en algunos casos, agravados por la complicada situación económica que ya arrastraban algunos sectores previos a esta crisis.

Las ayudas consistirán en una cantidad fija de hasta 1.000 euros para empresas, personas físicas (autónomos) y jurídicas (sociedades), con o sin trabajadores a su cargo, cuando la actividad que desarrollen se haya visto afectada por el cierre de establecimientos en el marco del estado de alarma decretado por el coronavirus.

Además, se arbitrarán ayudas de hasta 700 euros para el caso de empresas, personas físicas o jurídicas, con o sin trabajadores a su cargo, que no se han visto afectados por el cierre de establecimientos, siempre y cuando hayan sufrido una reducción de su facturación en el mes anterior a la solicitud de esta subvención de al menos el 75%, en relación con la media efectuada en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma.

Cuando la persona física o jurídica no lleve de alta los 6 meses naturales exigidos para acreditar la reducción de los ingresos, la valoración se llevará a cabo teniendo en cuenta el periodo de actividad.

De igual modo, se concederán ayudas de hasta 1.000 euros para empresas, personas físicas o jurídicas del sector de alfareros y artesanos, con o sin trabajadores a su cargo, que no se han visto afectados por el cierre de establecimientos, pero que dadas las especiales condiciones de crisis del sector han cesado voluntariamente en su actividad como consecuencia y tras la declaración del estado de alarma.

Asimismo, las ayudas de 1.000 y 700 euros antes mencionadas, se incrementarán en hasta otros 300 euros más en el caso de tener hasta 9 trabajadores –inclusive-; y en hasta 700 euros en caso de tener desde 10 hasta 49 trabajadores –inclusive-, a fecha 1 de marzo de 2020.

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