La Policía Local impone 38 multas el pasado fin de semana por incumplir la Orden de la Consejería de Salud sobre medidas para contener el COVID-19 en Totana; 23 de ellas por no llevar mascarilla

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El Cuerpo ha incrementado el control y vigilancia en la vía pública para hacer cumplir la norma autonómica y el bando de Alcaldía para evitar concentraciones de personas básicamente en canchas deportivas

La Policía Local impone 38 multas el pasado fin de semana por incumplir la Orden de la Consejería de Salud sobre medidas para contener el COVID-19 en Totana; 23 de ellas por no llevar mascarilla

La Policía Local de Totana ha impuesto durante el pasado fin de semana, tras el regreso a la fase 1, un total de 38 multas por incumplir la Orden de la Consejería de Sanidad sobre medidas específicas y temporales por razón de salud pública para la contención del rebrote de COVID-19 aparecido la pasada semana en Totana.

Según informan fuentes policiales, de éstas, 23 de ellas fueron por no llevar mascarilla o por hacer un uso incorrecto de ella. Durante los últimos días, los agentes han incrementado el control en la calle, con un trabajo de información primero y de sanción después.

Desde el pasado 13 de julio el uso de mascarilla es obligatorio en la Región de Murcia, en cualquier espacio público abierto o cerrado, haya o no distancia social de seguridad. Se contemplan excepciones como la práctica de deporte, las playas y piscinas, así como el consumo de bebidas o alimentos en bares y restaurantes.

Deben llevarla todas las personas mayores de 6 años salvo enfermedad o dificultad respiratoria y excepto cuando se practique algún deporte individual al aire libre. La mascarilla debe tapar la nariz y la boca, y las multas por no llevarlas o llevarlas mal ascienden a 100 euros.

Además, la pasada semana la Alcaldía dictó un Bando municipal que recoge medidas generales de restricción de carácter excepcional y temporal, como son extremar el cumplimiento de las medidas generales de higiene, prevención y aforo previstas en el acuerdo de 19 de junio de 2020 del Consejo de Gobierno, referentes al uso obligatorio de la mascarilla y obligación de guardar distancia social mínima establecida por las autoridades sanitarias.

De esta manera, se recuerda que estando en fase 1 las normas de aplicación permiten exclusivamente grupos máximos de 10 personas; que deben procurar un distanciamiento social de 1,5 metros; salvo que utilicen mascarillas y protección en las manos. Si son convivientes no hay límite respecto al número de personas.

Además, queda suspendida la actividad de hostelería, restauración, pubs, ocio nocturno, discotecas y juego y apuestas en el interior de los locales, únicamente se permitirá en terrazas o espacios abiertos.

La hora máxima de cierre nocturno de establecimientos de hostelería, restauración, pubs, locales de ocio nocturno, discotecas y locales de juego y apuestas queda fijada en las 00.00 horas no pudiendo admitirse nuevos clientes a partir de las 23.30 horas.

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